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REUNIÓN COMISIÓN PARITARIA DE INTERINOS GERENCIA DE BALEARES.

Se ha reunido la comisión paritaria de interinos de las Islas Baleares para tratar los asuntos de: 
- La inclusión en bolsa de auquellos funcionarios interinos que hacen traslado de bolsa  hacia la bolsa de Baleares. Solo los que solicitan traslado de bolsa, no los que echaron la instancia en la bolsa de Baleares
- La colocación de los funcionarios interinos en la bolsa cuando son cesados.

Respecto del primer tema, se ha acordado que cuando se solicite el traslasdo de bolsa, acogiéndose a la Disposición Adicional Segunda de la Orden JUS/2296/2005 sobre selección, propuesta y nombramiento de interinos, la Gerencia requerirá a la persona que solicite el traslado:
1) certificado de empadronamiento.
2) certificado de baja de bolsa en la Gerencia de procedencia, en el que conste su puntuación y colocación en dicha bolsa, constanto en el certificado si procede de bolsas o de cupo de  reserva.
3) solicitud de vida laboral
4) certificado de servicios prestados de la Gerencia o Gerencias en las que hubieran trabajado, para aplicar la norma de los 12 meses del artículo 18 de la Orden JUS/2296/2005
5) se valorarán todos los méritos de la persona que haya solicitado el traslado, a fecha de presentación de la instancia en la bolsa de Baleares, que en el caso de la bolsa que está en vigor es fecha 04 de Abril del 2011. Esa persona será ubicada en la posición que le corresponda por valoración de méritos.

En el caso de aquellos funcionarios que soliciten el traslado de bolsa, estando en cupo de reserva en la Gerencia de origen, no se admitirá el traslado puesto que se considera que el cupo de reserva no es bolsa, y la Disposición Adicional Segunda sólo se refiere a traslado de bolsa.


Respecto del segundo punto, se ha acordado que para la próxima bolsa de interinos, todos aquellos interinos que cesen y que estén nombrados de una bolsa anterior no vigente (por quedar extinguida al entrar en vigor la nueva) y siempre que dichos funcionarios hubieran resultado inicialmente incluidos en la nueva bolsa, la incorporación se producirá con arreglo al número de orden  que ocupe en la nueva bolsa vigente, y la regla de los 12 meses (si se tiene más de 12 meses se va al final) empezará a computarse a partir del primer nombramiento con arreglo a la bolsa que esté vigente.