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DEVOLUCIÓN DE LA PAGA EXTRA DE DICIEMBRE 2012 EN EL ÁMBITO MINISTERIO, CATALUÑA , ANDALUCÍA, MADRID, ASTURIAS Y NAVARRA.


A continuación pasamos a explicar algunas cuestiones relativas a la devolución de la paga extra en ámbito Ministerio, y cómo está la cuestión de la devolución de la paga extra en algunos ámbitos territoriales, dado que en Baleares hay compañeros venidos en concurso de traslados de esos ámbitos.

En ámbito Ministerio ya se ha abonado la totalidad de la paga extra que nos quitaron en diciembre 2012.
No obstante, hay que explicar que lo cobrado entre los meses de enero 2015, octubre 2015 y mayo 2016, no coincide con la paga extra de junio del 2012, que en teoría debe ser igual a la que nos quitaron en diciembre, (salvo que se haya cumplido un trienio entre ambas), pero con un matiz, y es que en realidad en diciembre del año 2012 no nos quitaron la totalidad de la paga extra.
La Disposición Final Cuarta de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, modifica el RD Ley 20/2012, de 13 de julio y establece que la minoración en la paga extra para los funcionarios de Justicia lo será en el mismo % que para el personal Administración General del Estado. Es decir, el sueldo y trienios no se eliminaron en su totalidad (estos dos conceptos en las pagas extras del personal AGE son menores que una mensualidad normal, sin embargo para los funcionarios de Justicia es la misma cantidad). Estos conceptos se reajustaron en la nómina de diciembre de 2012 para los funcionarios de Justicia. Por este motivo no coincide con la paga de junio.

Por otro lado, en la nómina de los compañeros interinos, encuadrados en el Régimen de la Seguridad Social, aparecen desglosas las cotizaciones sociales correspondientes al cobro de la paga extra. La paga extra tiene consideración de salario, y por lo tanto está sujeta a cotización social.
Han subido la base de cotización del mes de mayo por la parte de la paga que nos devuelven. La parte que hay que abonar a la seguridad social la han prorrateado en los meses que llevamos de año, para no hacerlo en un sólo mes. Económicamente el descuento es el mismo que si lo hubieran hecho en uno sólo.
Es por eso que al principio de la nómina vienen esas cotizaciones sociales de forma desglosada.
Pone dif.01/2016 ó dif.02/2016, etc.
Se refiere a enero del 2016, febrero del 2016; así hasta el mes en curso que es mayo.


En ámbito transferido de Cataluña la devolución de la paga extra de diciembre del 2012 aún está sin devolver en su totalidad. Tan sólo se ha devuelto un 24% en octubre del año pasado.

El calendario de devolución es el siguiente:
  • 15% en la nómina de diciembre 2016.
  • 30% en la nómina de junio 2017.
  • 30% en la nómina de marzo 2018.


Recordamos que los compañeros de Cataluña han sufrido la eliminación de una paga extra también durante los años 2013 y 2014, a través del descuento en el complemento autonómico en cuantía igual a la paga extra.

Respecto de la recuperación de estas últimas pagas extras, el Parlamento de Cataluña tan sólo acordó obligar a la Mesa General de la Función Pública de Cataluña a establecer un calendario de negociación para la recuperación de las pagas de los años 2013 y 2014, sin más.

En la Comunidad de Madrid, la devolución se efectuará en 4 partes, y rige el Principio de Petición. Hay que pedirlo, si no se pide no abonarán nada . 
A fecha de hoy ya han abonado las tres primeras partes. Falta aún el abono de la cuarta parte, pero no conocemos la fecha en la que se abonará, siendo una reivindicación de STAJ que se abone lo antes posible. La próxima semana hay convocada Mesa de Justicia en la Comunidad de Madrid y esperamos que se concreta alguna fecha.

Respecto de Andalucía, la devolución se hará en 4 partes. A fecha actual se ha devuelto la primera parte. Ayer mismo se acordó en la Mesa General de Función Pública de Andalucía el calendario de devolución del resto:
  • Segunda parte: septiembre 2016
  • Tercera parte: febrero 2017
  • Cuarta parte: febrero 2018

El Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia -STAJ- en Andalucía, ha solicitado que se convoque Mesa Sectorial de Justicia en Andalucía puesto que entendemos que es un calendario de devolución demasiado largo, y que se debe aplicar lo recogido en el R.D.L. 10/2015 y en la ley de Presupuestos del Estado del año 2016. En este sentido, la ley de Presupuestos Generales del Estado 2016 se estable que esa cantidad se debe devolver en el año 2016, en un único pago. Algo que la Junta de Andalucía no está cumpliendo (ni el resto de las CCAA).
Recordamos que los compañeros de Andalucía también han sufrido la eliminación de una paga extra durante los años 2013 y 2014, igual que los de Cataluña, a través del descuento en el complemento autonómico en cuantía igual a la paga extra. Sobre la devolución de estas pagas extras, la Junta de Andalucía da la callada por respuesta.

En el Principado de Asturias la devolución se efectuará en 4 tramos.
A fecha actual, ya se han abonado 3 partes. Falta la cuarta parte que se abonará en el mes de enero del 2017, sin perjuicio de que si por disponibilidad presupuestaria se pueda adelantar, se adelante su abono, pero en principio será en enero del 2017.


Aquellos compañeros que no hayan recibido aún la devolución de las tres primeras partes, o de alguna de ellas, lo deben solicitar de forma expresa, mediante el modelo formalizado publicado en el BOPA el pasado 20 de enero. 

En el caso de la Comunidad Foral de Navarra, el año pasado se abonó un 25%, y en la nómina de enero del 2016 se abonó otro 25%. El abono se hace por transferencia al número de cuenta, pues en Navarra no hace falta solicitud si los funcionarios no han cambiado de cuenta bancaria.
El 50% restante lo pagarán en los años 2017 y 2018, un 25% cada año.